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¿VECINOS MOROSOS?: DESCUBRE EL SEGURO DE IMPAGOS PARA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Seguro de Impagos para Comunidades de Vecinos: ¡Descúbrelo!

En una Comunidad de Vecinos, es responsabilidad de todos los propietarios abonar puntualmente las cuotas establecidas en los estatutos para cubrir los gastos comunitarios. 

Sin embargo, en ocasiones, nos encontramos con vecinos que no cumplen con sus obligaciones de pago por diversas razones.

Ante esta situación, surge la pregunta: ¿cómo actuar si un vecino no paga las cuotas de la comunidad? 

En primer lugar, es recomendable verificar si se dispone de un Seguro de Comunidades de Vecinos, que ofrezca una cobertura específica en estos casos.

Los seguros de comunidades de propietarios están diseñados para cubrir daños materiales, como roturas de cristales o filtraciones de agua, y también pueden brindar asistencia en caso de incidentes. 

Sin embargo, no todos los seguros ofrecen la opción de reclamar las deudas de la Comunidad de Propietarios. 

Para contar con esta protección adicional, es necesario disponer de un seguro más completo y personalizado que incluya garantías específicas para hacer frente a diversas situaciones.

En este artículo te mostraré las posibilidades que tenéis en el caso de que se produzcan impagos de cuotas en tu Comunidad de Vecinos.

¿Cuáles son los derechos de los vecinos que incurren en impagos a la comunidad?

Cuando un vecino no cumple con sus obligaciones de pago a la comunidad, se le imponen ciertas restricciones en relación a su participación en asuntos comunitarios. 

La principal limitación es la pérdida del derecho a voto en la junta general de propietarios. 

Aunque puede asistir a la junta y expresar su opinión (algo que no suele ocurrir), no tiene la facultad de ejercer su derecho a voto. 

Sin embargo, cabe destacar que recupera este derecho cuando la deuda reclamada ha sido certificada ante notario o registrada judicialmente. 

En otras palabras, si el vecino deudor deposita el importe adeudado en un juzgado o notaría en lugar de pagar directamente a la comunidad, normalmente esto ocurre cuando hay desacuerdo sobre el monto o el destino de las cuotas comunitarias.

Por otro lado, a pesar de ser morosos, los vecinos deudores, incluidos los inquilinos que ocupan el local, conservan el derecho de utilizar las instalaciones comunes (como el ascensor o la piscina) a pesar de no contribuir económicamente a los gastos de la comunidad. 

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la jurisprudencia ha respaldado la posibilidad de privar al deudor del uso de elementos comunes no esenciales (por ejemplo, una piscina), especialmente si los estatutos de la comunidad establecían esta posibilidad previamente.

¿Cuáles son las consecuencias para los vecinos que incurren en impagos a la comunidad?

Cuando un vecino no cumple con sus obligaciones de pago a la comunidad, además de las circunstancias mencionadas anteriormente, se expone a diversas consecuencias. 

La Comunidad de Vecinos tiene la posibilidad de emprender acciones legales contra el deudor y obtener una sentencia condenatoria por la cantidad adeudada. En estos casos, el vecino moroso también debe hacer frente a los intereses generados y los honorarios de abogados y procuradores.

Además, el vecino moroso enfrenta restricciones al intentar vender su propiedad, ya que la Ley de Bienes Inmuebles exige la presentación de un certificado emitido por el administrador de la comunidad que demuestre que la vivienda se encuentra libre de deudas para poder llevar a cabo la venta. 

El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que la propiedad transferida está sujeta al pago de las cuotas impagas correspondientes al año anterior y a las cuotas vencidas del año en curso. 

Por lo tanto, la ley exige al notario que solicite al vendedor un certificado de la Comunidad de Propietarios que certifique que la propiedad en venta está al corriente de pago de las cuotas de comunidad o, en su defecto, que se adeuda dinero. 

Sin embargo, el comprador tiene la opción de eximir al vendedor de esta obligación y hacerse él cargo de la deuda haciéndoselo saber al Notario.

¿Cómo debe actuar la comunidad ante los impagos de un vecino?

Cuando un vecino enfrenta dificultades financieras y no puede cumplir con sus pagos a la comunidad, es recomendable tomar medidas para desarrollar un plan de liquidación de deudas que sea aceptable para ambas partes. 

Si el vecino expresa no estar de acuerdo con la deuda que se le reclama, es importante que especifique claramente cuál es su objeción. Puede tratarse de un error en el cálculo del importe adeudado, discrepancias en la asignación de la cuota o cualquier otro motivo. 

En estos casos, se debe analizar la reclamación del vecino y, si tiene razón, se corregirá la situación. Sin embargo, si no hay fundamentos sólidos para la objeción, el vecino deberá proceder al pago correspondiente.

Durante la Junta de vecinos, el administrador (si lo hay) deberá informar a los propietarios sobre la existencia de pagos pendientes y las gestiones realizadas para intentar recuperar dichos pagos.

En el caso de propietarios con dificultades financieras, si se acuerda y cumple un plan de pago viable, el reclamo de la deuda sólo deberá activarse en caso de que el propietario no cumpla con lo acordado.

¿Cómo reclamar el pago de la deuda al vecino moroso en una Comunidad de Vecinos?

De acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal, las Comunidades de Vecinos tienen la facultad de reclamar el dinero adeudado por impago de las cuotas comunes a través de procedimientos de pago especiales destinados específicamente a las comunidades de propietarios. 

Para ello, es suficiente contar con que sea acordado en Junta de propietarios y expedir un certificado de impago de las cuotas, emitido por el Secretario de la Comunidad (generalmente el administrador de la finca, en caso de existir), con la aprobación del Presidente. Aunque para mayor seguridad se incorporará más documentación.

Este certificado debe detallar de manera precisa la deuda pendiente y su monto, así como evidenciar si ha sido abonada o no por el propietario. 

Además, se debe constatar que el propietario cumple plenamente con las cuentas aprobadas en la asamblea de vecinos y los requisitos de pago establecidos para los deudores.

Alcanzar un acuerdo amistoso

Antes de recurrir a medidas legales, es recomendable intentar resolver amigablemente los problemas de impagos en la Comunidad de Vecinos

En caso de que la persona persista en el impago, se deberá convocar una Junta de propietarios, siempre y cuando esté incluida en el orden del día, y dejar constancia en el acta de la cantidad que se le exige pagar.

Posteriormente, la comunidad deberá iniciar un procedimiento judicial (monitorio o verbal normalmente) y notificar al moroso mediante un burofax con acuse de recibo y una copia certificada notarialmente.

Es importante destacar que la vía amistosa es siempre la más deseable para resolver los impagos en una Comunidad de Vecinos, ya que permite evitar conflictos y buscar soluciones consensuadas. 

Sin embargo, si no se logra llegar a un acuerdo, es necesario recurrir a los procedimientos legales correspondientes para proteger los derechos de la comunidad y garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas de todos los propietarios.

El seguro de impagos para Comunidades de vecinos: una buena opción contra los morosos

Ante esta situación, las compañías aseguradoras han respondido ofreciendo la posibilidad de contratar cobertura para impagos de cuotas de comunidades de vecinos. 

De esta manera, en caso de morosidad, la aseguradora se encargaría de la reclamación judicial de las cuotas impagadas e incluso podría realizar un anticipo de los pagos (hasta un límite establecido, dependiendo de cada aseguradora en particular). 

Esta cobertura es uno de los diversos beneficios de contratar un seguro con defensa jurídica para la comunidad.

¿Qué cubren las compañías de seguros en caso de impagos de cuotas de vecinos?

En este aspecto, cada compañía establece límites y condiciones en la garantía, pero intentaremos explicar las características más comunes. 

Es importante revisar detalladamente las condiciones generales de la póliza contratada para conocer los detalles de la cobertura.

Lo que suele incluirse en la garantía de impago de cuotas es:

  • Reclamación amistosa o judicial de las cuotas generales de mantenimiento del edificio y sus servicios, siempre y cuando estén debidamente establecidas por la junta de la Comunidad de Propietarios.
  • Reclamación del impago por parte del vecino moroso de los gastos derivados de la realización de nuevas instalaciones y servicios, siempre y cuando hayan sido aprobados en junta y el propietario esté legalmente obligado a su pago.

En caso de reclamación judicial, la aseguradora puede realizar un anticipo de una cantidad determinada establecida en la póliza, previa firma de un reconocimiento de deuda y con la obligación de devolver el dinero a la aseguradora.

Es importante destacar que en este último punto la compañía no asegura el dinero adeudado por el vecino moroso, sino que proporciona un adelanto de fondos a cuenta, en caso de que la comunidad necesite disponer de ellos para afrontar los pagos cotidianos.

Requisitos para que la reclamación esté cubierta por el seguro

  • La reclamación judicial debe haber sido válidamente acordada en una junta de propietarios.
  • El impago debe haberse producido después de la contratación de la póliza.
  • Debe haberse expedido un certificado del acuerdo de la junta que apruebe la liquidación de la deuda.
  • Debe existir un mínimo de cuotas o deuda, que varía según cada compañía y sus requisitos para realizar la reclamación.

¿Resulta útil contratar un Seguro de Impagos para Comunidades de Propietarios?

Ante la problemática de los vecinos morosos en una Comunidad de Propietarios, contar con un seguro de impagos específico puede ser una opción beneficiosa

Este tipo de seguro ofrece cobertura para reclamar las cuotas impagadas y, en algunos casos, incluso proporciona un adelanto de los pagos pendientes. 

Aunque no todos los seguros de comunidades de propietarios incluyen esta opción, aquellos más completos y personalizados sí lo hacen.

La contratación de un seguro de impagos para  tu Comunidad de Propietarios ofrece diversas ventajas. 

Permite a la aseguradora encargarse de la reclamación judicial de las deudas y facilita el anticipo de los pagos necesarios para cubrir los gastos diarios de la comunidad. 

Además, la cobertura suele incluir tanto la reclamación amistosa como la judicial de las cuotas generales de mantenimiento y los gastos derivados de nuevas instalaciones y servicios aprobados en junta.

En conclusión, contar con un seguro de impagos para Comunidad de Propietarios puede resultar útil y brindar mayor protección ante los casos de morosidad. 

Proporciona una opción adicional para hacer frente a los impagos, asegurando que la comunidad pueda mantener su funcionamiento adecuado y evitar conflictos legales. 

Sin embargo, es importante revisar detenidamente las condiciones y límites de cada póliza para obtener la cobertura adecuada a las necesidades de la comunidad.