Portada » HIPOTECAS » TRIBUTACIÓN POR CLÁUSULA SUELO: HACIENDA SIMPLIFICA EL TRÁMITE.

TRIBUTACIÓN POR CLÁUSULA SUELO: HACIENDA SIMPLIFICA EL TRÁMITE.

tributación por las cláusulas suelo

La Agencia Tributaria hará una simplificación de la tributación por cláusula suelo. El dinero recibido por la devolución realizada por los bancos en relación a las cláusula suelo tendrá una tramitación simplificada. 

Las cantidades devueltas por las cláusulas suelo no deben incluirse en la base imponible del IRPF.

La AEAT publicó en estos días las novedades tributarias alrededor del Real Decreto que publicó el Gobierno para la mediación o judicialización de la reclamación del dinero por la nulidad y retroactividad decretada por la sentencia sobre cláusula suelo del Tribunal Europeo.

TRIBUTACIÓN POR CLÁUSULA SUELO EN EL I.R.P.F.

La tributación por cláusula suelo derivada por la devolución de los intereses que fueron satisfechos a los contribuyentes afecta si:

  1. es consecuencia de una sentencia judicial o
  2. es consecuencia de un laudo arbitral.

No se integrarán en la base imponible del impuesto:

  1. Las cantidades que se devuelvan por acuerdos celebrados con los bancos en efectivo en concepto de intereses.
  2. Las cantidades que se devuelvan por adopción de medidas de compensación en concepto de intereses
  3. Los intereses indemnizatorios derivados de las cláusulas suelo.

No se deberán, por tanto, incluir en el I.R.P.F., ni las cantidades percibidas por la reclamación cláusula suelo donde se produjo la devolución de los intereses pagados ni los intereses indemnizatorios reconocidos.

LA DEDUCCIÓN EN VIVIENDA HABITUAL.

La deducción por vivienda está íntimamente relacionada con la cuota que paga directamente el contribuyente.

El ciudadano que reciba dinero que provenga de reclamar cláusula suelo y que aplicó en su día la deducción por vivienda habitual, esta debería haber sido menor y se tendrá que devolver ese exceso a la AEAT.

La única salvedad serán los últimos 4 años dado que el resto están prescritos. Esta deducción se eliminó para las viviendas que se adquiriesen después del 1 de enero del año 2013.

  • Sentencia, laudo o acuerdo año 2016: Afectarán a las deducciones de los años 2012, 2013, 2014 y 2015.
  • Sentencia, laudo o acuerdo año 2017: Afectarán a las deducciones del año 2013, 2014, 2015 y 2016.

Ejemplo: Si uno de los años realizamos una deducción sobre 3000 € y ahora nos devuelven 700 €, la deducción de tal tributación fue 450 € y realmente tendría que haber sido 345. Deberemos devolver la diferencia.

El ciudadano al cual se le realice una devolución no tendrá que realizar la tributación por cláusula suelo de los intereses de demora recibidos en compensación por los años transcurridos y durante los cuales el banco tuvo la disposición del dinero.

CANTIDADES REGULARIZADAS ANTES DEL REAL DECRETO.

Quienes ya hubiesen regularizado las cantidades recibidas al haber obtenido una sentencia anterior a la aprobación y publicación del Real Decreto por cláusula suelo, podrán solicitar que se rectifiquen las autoliquidaciones presentadas de I.R.P.F.

GASTOS DEDUCIDOS EN OTROS CONCEPTOS.

Igualmente, el contribuyente puede haber incluido los importes que ahora percibirá, como gasto deducible, véase como capital inmobiliario o actividad económica, en las declaraciones de años anteriores. Estos importes perderán tal consideración, debiendo presentarse declaraciones complementarias correspondientes a los ejercicios donde se dedujeron tales cantidades. Eso si, no será sancionable ni conllevará el pago de intereses de demora ni recargo alguno.

  • El acuerdo, la sentencia o el laudo, se produjo entre el 6 de abril de 2016 hasta el 4 de abril de 2017. Deberá presentar declaraciones complementarias de los años 2012, 2013, 2014 y 2015 durante el plazo de presentación de la declaración del I.R.P.F. del 2016, es decir abril, mayo y junio de 2017.
  • El acuerdo, la sentencia o el laudo se ha producido después del 4 de abril de 2017. Deberá presentar declaraciones complementarias de los años 2013, 2014, 2015 y 2016 durante el plazo de presentación de la declaración del I.R.P.F. del 2017, es decir abril, mayo y junio de 2018.

Si te ha gustado mi artículo sobre la tributación por cláusula suelo,

¡¡SUSCRÍBETE y COMPÁRTELO!!

Haz tu comentario sobre este artículo, son necesarios para comparar opiniones. Gracias.

1 comentario en “TRIBUTACIÓN POR CLÁUSULA SUELO: HACIENDA SIMPLIFICA EL TRÁMITE.”

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

A %d blogueros les gusta esto: