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TRIBUNAL SUPREMO. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA EN ESPAÑA.

Jurisdicción y competencia son términos jurídicos esenciales para determinar a qué ámbito pertenecen los hechos demandados o denunciados, por qué tipo de proceso civil, penal, social o contencioso-administrativo se van a tramitar los hechos y a qué órgano judicial pertenece la competencia del asunto.

Después de analizar en otros post cómo se delimita la jurisdicción y competencia en el post «Jurisdicción y Competencia. Nueva Regulación en la LOPJ» vamos a esquematizar que asuntos pertenecerán al ámbito del Tribunal Supremo y qué asuntos llevarán sus diferentes Salas. 

ORGANIZACIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO.

Tendrá su sede en la Villa de Madrid y Jurisdicción en toda España. Es el órgano jurisdiccional superior a cualquier orden exceptuándose las garantías constitucionales en el que será competente únicamente el Tribunal Constitucional.

Está compuesto por un Presidente, se dividirá en Salas que serán dirigidas por los Presientes de Sala y cada sala se podrá dividir también en Secciones. A cada Sala le corresponderá un número de Magistrados según lo que señale la Ley.

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SALAS DEL TRIBUNAL SUPREMO.

Sala 1ª Civil. Conocerá de:

  • Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios.
  • Demandas dirigidas contra la Reina consorte o el consorte de la Reina, la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como contra el Rey o Reina que hubiere abdicado y su consorte.
  • Demandas de responsabilidad civil contra hechos realizados en el ejercicio de su cargo:
    1. Presidentes: del Gobierno, del Congreso, del Senado, del Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial.
    2. Miembros del Gobierno, Diputados, Senadores, Vocales Consejo General del Poder Judicial.
    3. Magistrados del Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional.
    4. Presidente de la Audencia Nacional y sus Magistrados, Presidentes de sus Salas y de los Tribunales Superiores de Justicia y sus Magistrados.
    5. Fiscal General del Estado, Fiscales de Sala del Tribunal Supremo.
    6. Defensor Pueblo.
    7. Presidente y Consejeros del: Tribunal Cuentas y Consejo de Estado.
    8. Presidente y Consejeros de una CC.AA. cuando así lo determinen sus Estatutos.

Sala 2ª Penal. Conocerá de:

  • Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios.
  • Instrucción y enjuiciamiento de causas contra:
    1. Los mismos titulares que en el orden civil.
    2. Procedimientos de decomiso autónomo por delitos para cuyo conocimiento sea competente.
  • Se designará entre los miembros de la Sala un instructor que no formará parte para enjuiciarlas.

Sala 3ª Contencioso-Administrativo. Conocerá de:

  • Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios.
  • Recursos contra actos y disposiciones de:
    1. Consejo de ministros, Comisiones Delegadas del Gobierno.
    2. Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Constitucional y Tribunal de Cuentas.
    3. Congreso y Senado.
    4. Defensor del Pueblo.

Sala 4ª Social. Conocerá de:

  • Recursos de casación, revisión y otros extraordinarios.

Sala 5ª Militar: 

Se regirá por su legislación específica.

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ESPECIALIDADES DEL TRIBUNAL SUPREMO.

Cada Sala del Tribunal Supremo conocerá de las recusaciones de los Magistrados que la compongan.

Sala del art. 61 LOPJ:

  • Composición:
    1. Presidente del Tribunal Supremo,
    2. Presidentes de Sala y
    3. El Magistrado más antiguo y el más moderno de cada una de las Salas.
  • Conocerán de:
    1. Recursos de revisión contra sentencias dictadas en única instancia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Tribunal Supremo.
    2. Recusación del Presidente del Tribunal Supremo, Presidentes de Sala, o más de dos Magistrados de una Sala.
    3. Demandas de responsabilidad civil contra los Presidentes de Sala o contra todos o la mayor parte de los Magistrados de una Sala por hechos realizados en el ejercicio de su cargo.
    4. Instrucción y enjuiciamiento contra Presidentes de Sala o contra los Magistrados de una Sala, cuando sean Juzgados todos o la mayor parte de los que la constituyen.
    5. Pretensiones de declaración de error judicial cuando éste se impute a una Sala del Tribunal Supremo.
    6. Procesos de declaración de ilegalidad y disolución de los partidos políticos.

¿Sabías las competencias del Tribunal Supremo?

¿A quiénes y cómo puede instruir procesos y enjuiciarlos?

Tenías conocimiento de las competencias en el resto de ámbitos jurisdiccionales.

Con este artículo tendrás más claras sus competencias. A veces sujetas a diversas interpretaciones.

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