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QUÉ ES UNA MOCIÓN DE CENSURA. RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO ANTE EL CONGRESO.

moción de censura

Dedicamos este artículo a la moción de censura. Instrumento político plasmado en nuestra Constitución en su artículo 113. Instrumento que seguramente a todos sonará pero que no todos sabrán exactamente para qué puede servir. La realidad es que sólo ha sido usado dos veces anteriormente con resultado negativo. Aunque nos hagan creer que puede ser irresponsable pedir una moción de censura del Gobierno, también puede ser una gran oportunidad de hacer que el Gobierno de explicaciones sobre las decisiones y omisiones realizadas.

¿QUÉ ES UNA MOCIÓN DE CENSURA?

Es un instrumento o mecanismo que, según nuestra Constitución, sirve para pedir la responsabilidad del Gobierno ante sus decisiones u omisiones.

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Dando una explicación más esquemática:

Los españoles votamos para que se eligiera un Parlamento, en nuestro caso llamado Congreso de los Diputados.

Estos Diputados que nos representan eligieron un Presidente del Gobierno, y este a su vez a los Ministros que forman, junto con él, su Gobierno.

Para mostrar su falta de confianza en el Presidente del Gobierno y en el Gobierno en su conjunto, el Congreso puede presentar una moción de censura.

Si esta fuese aprobada, permitiría el cambio del Presidente del Gobierno y, probablemente, del Gobierno por entero.

¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR UNA MOCIÓN DE CENSURA?

La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.

La presentación de la moción de censura deberá hacerse en escrito motivado y dirigido a la Mesa del Congreso.

El candidato que se presente a la Presidencia del Gobierno debe haber aceptado la candidatura.

La moción de censura, en nuestra actualidad puede ser presentada, al menos, por 35 diputados. No es necesario que sean del mismo Grupo Parlamentario.

Por supuesto y dada la disciplina de los Partidos Políticos en España, es muy dudoso que un mismo Grupo Parlamentario no vote lo mismo en su conjunto.

A la hora de votar una moción de censura, lo que piense quienes mandan en un Partido Político, será lo que vote su Grupo Parlamentario.

Desde este blog, seguimos pensando, que esto es ir en contra del art. 6 CE donde dice que “Los partidos políticos…Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos”.

¿PUEDEN PRESENTARSE MOCIONES ALTERNATIVAS?

Durante los 2 primeros días desde la presentación de la moción de censura se podrán presentar mociones alternativas.

Estas mociones alternativas deberán presentarse igualmente por escrito motivado dirigido a la Mesa del Congreso.

También deberán incluir un candidato a Presidente del Gobierno, para el caso de que sea su moción la que se apruebe.

PRESENTACIÓN, DEBATE Y VOTACIÓN.

PRESENTACIÓN.

Una vez presentada la moción de censura, la Mesa del Congreso analizará si reúne los requisitos exigidos. Básicamente comprobará si el escrito está motivado y si incluye un candidato a Presidente del Gobierno.

Ninguno de los Diputados firmantes de una moción de censura podrá volver a presentarla dentro del mismo periodo de sesiones.

Si cumpliese los requisitos, la Mesa la admitirá a trámite.

La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran 5 días desde su presentación. Nada dice la Constitución ni el Reglamento del Congreso del máximo de días para poder votarla. Quiere decirse que será el Presidente del Congreso quien fijará la fecha para el debate y votación.

DEBATE.

Comenzará el debate uno de los Diputados que hubiese firmado la moción de censura. Realizará la defensa de la misma y de su presentación. No habrá limitación de tiempo en su exposición.

A continuación, podrá intervenir el candidato a Presidente del Gobierno incluido en la moción. Este expondrá el programa político del Gobierno que pretende formar en el caso de que se apruebe la moción.

Seguidamente podrán intervenir un representante de cada uno de los Grupos Parlamentarios que lo soliciten. El tiempo de exposición que tendrán en este caso será de 30 minutos.

Todos los intervinientes tienen derecho a un turno de réplica o rectificación de 10 minutos.

Si se hubieren presentado mociones alternativas, el Presidente de la Cámara, oída la Junta de Portavoces, podrá acordar el debate conjunto de todas las mociones que se hayan presentado y, por tanto se hayan incluido en el orden del día.

Estas mociones alternativas habrán de ser votadas por separado y siguiendo el orden de su presentación.

VOTACIÓN.

Las diferentes mociones de censura presentadas serán votadas a la hora que fijada por el Presidente del Congreso.

No podrán ser votadas dentro de los 5 días siguientes a la presentación de la primera en el Registro General.

La aprobación de una moción de censura requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados. En nuestro caso actual se aprobaría con 176 votos favorables.

Si una moción de censura fuese aprobada, no se votará el resto de mociones presentadas.

APROBACIÓN O DENEGACIÓN DE LA MOCIÓN DE CENSURA.

Si el Congreso de los Diputados aprobase una moción de censura, el Presidente lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Rey y del Presidente del Gobierno.

El Presidente del Gobierno deberá presentar de forma inmediata su dimisión al Rey.

El candidato a la Presidencia del Gobierno incluido en la moción aprobada se entenderá que tiene la confianza del Congreso. Esta confianza se entiende dada de la misma manera que se daría en primera votación al candidato a la Presidencia del Gobierno elegido por el Congreso tras unas elecciones generales (art. 99 CE).

El Rey seguidamente le nombrará Presidente del Gobierno.

¿ES NECESARIA LA PRESENTACIÓN DE UNA MOCIÓN DE CENSURA?

Pues depende de la situación política.

En muchos casos pudiera darse que la situación es insostenible y la oposición considera que el Gobierno actual no debe continuar gobernando. Presentando la moción de censura se asegurarían que se cambiaría al Presidente del Gobierno y por tanto cambiaría el Gobierno.

En otras ocasiones es un mero toque de atención. Por cómo está gestionando el país o para obligar al Presidente del Gobierno a dar explicaciones de su gestión cuando no quiere darlas.

¿Sabías que era y para qué servía una moción de censura?

¿Te ha quedado más claro para qué sirve y su trámite parlamentario?

Cuéntanos tu opinión.

 

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