¿Qué vas a encontrar aquí?
La pareja de hecho es una unión legal entre dos personas que viven juntas y tienen intereses comunes. Desean formar una vida familia, pero sin estar casadas.
En general, les proporciona algunos de los mismos derechos y responsabilidades que se conceden a las parejas casadas.
Existen Comunidades Autónomas que aprobaron leyes que regulan las parejas de hecho en sus respectivos territorios: Madrid, Andalucía, Valencia, País Vasco, Islas Baleares, Galicia, Extremadura, Murcia, Canarias y Cataluña.
En las comunidades en las que no exista regulación alguna sobre parejas de hecho, tendrás la opción será inscribirse en un Registro de parejas de hecho.
Por todo ello, es fundamental formalizar la pareja de hecho en el lugar donde tenéis vuestra residencia.
¿Cuáles son los requisitos para ser pareja de hecho en España?
Para formalizar su pareja de hecho, debe cumplir ciertos requisitos, que pueden variar según la Comunidad Autónoma en la que residas.
- Tener la mayoría de edad o estar emancipado.
- Tu pareja y tú no podéis tener relación de parentesco directa.
- No podéis estar casados, ni entre vosotros ni con otras personas.
- Debéis acreditar un periodo de convivencia mínimo.
- En algunas CC.AA. deberéis formalizarlo en escritura pública ante Notario.
- Inscribiros en el Registro de parejas de hecho de la CC.AA.
Pueden aplicarse distintos requisitos, según el lugar en el que viva.
Semejanzas entre pareja de hecho y matrimonio
Aunque la pareja de hecho es una institución jurídica diferente del matrimonio, ambas tienen también muchas similitudes. Los puntos que presentan mayores analogías son:
En relación con los hijos
Como padre o madre estarás legalmente obligado a prestar apoyo económico, moral y emocional a tus hijos, independientemente del estado civil que tengáis (pareja de hecho o matrimonio).
En caso de ruptura de la pareja, la única diferencia entre la pareja de hecho y el matrimonio es el procedimiento judicial que deberéis seguir sobre alimentos, régimen de visitas, etc.
Permisos retribuidos en el trabajo
Como miembros de una pareja de hecho, podrás disfrutar de los mismos permisos de trabajo que los cónyuges:
- Puedes disfrutar de un permiso de paternidad o maternidad.
- Permiso por enfermedad grave o fallecimiento de su pareja.
- También de un permiso tras el registro como pareja de hecho.
Pero igual tienes más derechos dentro de tu convenio colectivo, solo debes indagar un poco.
Otros derechos en común
- Asistencia Sanitaria: como miembro de una pareja de hecho podrás disfrutar de los mismos derechos de asistencia sanitaria que los cónyuges de un matrimonio.
- Alquiler de vivienda: como pareja de hecho, si alguno de vosotros falleciese (esperemos que no), el contrato de alquiler puede ser asumido por el otro miembro de la pareja. El arrendador le pedirá un certificado de defunción y una prueba de que ha vivido durante dos años con la persona que ha fallecido, a menos que hubiese hijos en común.
- Las becas, ayudas públicas y subvenciones son ayudas financieras a las que podrás tener acceso en las mismas condiciones que los miembros de un matrimonio.
¿Cuáles son las principales diferencias entre una pareja de hecho y un matrimonio?
Régimen económico de la pareja
Los cónyuges de un matrimonio habrán establecido su régimen económico matrimonial, ya sea bienes gananciales o separación de bienes o de participación en escritura pública o tácitamente (dependerá de la legislación nacional, foral o de la Comunidad Autónoma del lugar de residencia).
Como pareja de hecho no deberéis establecer un régimen económico familiar, aunque podréis adoptar los acuerdos que queráis para regular los efectos económicos de vuestra unión de hecho.
En caso de ruptura, tras la disolución de una pareja de hecho, cada uno de vosotros deberéis demostrar vuestros derechos sobre los bienes que teníais en común.
Declaración de la Renta (IRPF)
Como miembros de la pareja de hecho no podréis presentar declaración conjunta al no ser considerada una unidad familiar por la Agencia Tributaria (bueno, esto es según la Ley del IRPF).
Aun así, si tenéis hijos comunes, uno de vosotros podrá incluirlos en su declaración, como una unidad familiar) y el otro miembro de la pareja de hecho realizar su declaración del IRPF de forma individual.
Derecho a pensión de viudedad
El cónyuge sobreviviente en un matrimonio tiene derecho a una pensión de viudedad siempre que el causante hubiera estado dado de alta en la Seguridad Social con al menos 500 días cotizados en los 5 años anteriores, o bien si el fallecido tuviese cotizados al menos 15 años.
Pero el miembro conviviente de una pareja de hecho, tendrá derecho a cobrar pensión de viudedad siempre y cuando cumpla con los requisitos siguientes:
- Si los ingresos del superviviente durante el año natural anterior al fallecimiento de su pareja fuesen inferiores al 50% de los ingresos de la pareja de hecho siempre y cuando tengan hijos en común, o del 25% en caso contrario.
- Cuando los ingresos del superviviente no sean superiores en 1,5 veces el salario mínimo interprofesional (SMI) si existen hijos en común, incrementándose en 0,5 veces por cada hijo común con derecho a percibir pensión de orfandad.
Quiero precisar en este punto, que actualmente a fecha de redacción de este artículo (29/04/2022), el Tribunal Supremo está exigiendo la excepción registrar como pareja de hecho para poder cobrar la pensión de viudedad. Algo que debería que tener en cuenta a la hora de valorar quieres escribirte o no como pareja de hecho.
Derechos hereditarios de las perejas de hecho
No existe una legislación específica a nivel nacional que garantice los derechos de sucesión al miembro superviviente de una pareja de hecho con respecto al fallecimiento de su pareja, ya que el Código Civil sólo atribuye estos derechos a los cónyuges.
Algunas Comunidades Autónomas han ampliado los derechos sucesorios a las parejas de hecho en su normativa autonómica (Cataluña, por ejemplo).
En cualquier caso, te aconsejo que otorguéis testamento uno en favor del otro miembro de la pareja. Aun así, no estaría de más que consultéis a un abogado especializado para conocer al detalle cuáles son los derechos hereditarios en la Comunidad Autónoma donde residís.
Como siempre, que dejo una frase para reflexión. En este caso es del poeta cubano Elíseo Diego y es la siguiente:
“Decido hacer mi testamento. Es este: les dejo el tiempo, todo el tiempo.”