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PAGO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS: ¿QUÉ DICE LA LEY?

¿Puedes cobrar las vacaciones que no disfrutes? En algunos casos sí. El pago de vacaciones no disfrutadas puede ser legal

El trabajo tiene sus recompensas, no se trata sólo el salario es otorgado al trabajador como pago sus funciones dentro de la empresa u organización. También un tiempo libre después de haber trabajado durante todo un año de manera continua. 

En cualquier país del mundo los trabajadores son compensados con un periodo de vacaciones a partir de su primer año dentro. Esto le permite al empleado descansar, compartir con amigos y familia, así como realizar otras actividades que no puede realizar durante el resto del tiempo, producto de su compromiso y deber con su lugar de trabajo. 

En España las empresas deben otorgar legalmente 30 días naturales o más de vacaciones a los trabajadores que cumplan un año de trabajo cuntinuado. Es un derecho establecido y regulado por el Estatuto de los Trabajadores. 

En este país, las vacaciones pagadas son un derecho laboral para todos los trabajadores. De acuerdo al Estatuto, el pago de vacaciones no disfrutadas, no es posible mientras que el trabajador forma parte de la plantilla.

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Derecho a las vacaciones

El derecho a las vacaciones está contemplado en el Estatuto de los Trabajadores. De forma específica en el artículo 38, el cual establece, que las vacaciones anuales retribuidas no pueden tener una duración inferior a 30 días. Sin embargo existen convenios que establecen las vacaciones en días laborables, es decir que se reducen a 22 días.

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Esta norma ha de ser cumplida a cabalidad por empresa a través de sus convenios. De manera, que el tiempo mínimo (22 días) no podrá variar, a menos que sea para el beneficio del trabajador. 

Vacaciones anuales retribuidas

De acuerdo al Estatuto de los Trabajadores el periodo de vacaciones anuales retribuidas no es sustituible por compensaciones económicas. Además, tiene que ser acordado mediante un convenio colectivo o contrato individual. 

Así mismo, señala que es un derecho el trabajador conocer la fecha que le corresponde disfrutar de sus vacaciones. Al menos, dos meses hasta de comenzar su periodo de vacaciones.

Aún cuando el Estatuto señala que cada trabajador tiene derecho a descansar durante 2,5 días naturales o 1,8 días laborables por mes trabajado, este tiempo puede aumentar, pero no disminuir en los contratos.

¿Cómo se organizan las vacaciones en la empresa?

Los managers y el servicio de Recursos Humanos son los encargados de controlar y organizar la gestión de las vacaciones de los empleados. Por lo tanto, de su correcta gestión depende que la ausencia del trabajador no afecte la productividad de la empresa. 

Para evitar un caos debido a un error de programación, es recomendable seguir algunos consejos para una gestión eficaz de las vacaciones. En primer lugar, es importante que la captación del personal se realice de manera inteligente. Dicho de otro modo, evitar contratar en los periodos de mayor productividad y comercialización de la empresa. 

Así como la empresa debe garantizar al trabajador el disfrute de sus vacaciones en el momento. Recursos Humanos debe asegurar la continuidad de las operaciones durante su ausencia, a través de un reemplazo que cumpla sus funciones. No es recomendable sobrecargar de tareas al resto de los trabajadores.

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Informar al trabajador sobre su próxima fecha de vacaciones, no sólo contribuirá a la planificación de las actividades que realizarán durante sus días de descanso y permitir que disfruten al máximo su tiempo libre, sino que nos ayudará a planificar con tiempo la contratación del reemplazo y la organización del trabajo.

¿Qué ocurre si un empleado no disfruta de sus vacaciones?

Las vacaciones no se pueden compensar con dinero. Tampoco, en principio, acumular para otros años. Si nos fundamentamos en el Estatuto de los Trabajadores, la compensación monetaria es un acto ilegal, así como cambiar días por dinero o acumularlas. 

Según esta normativa, la única manera de que el trabajador reciba una retribución económica por parte de la empresa es si al momento de finiquitar su contrato no ha disfrutado de sus días de vacaciones.

No obstante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea aprobó una sentencia que establece que los empleados que trabajen en espacios comunitarios podrán acumular las vacaciones remuneradas y no disfrutadas en periodos anteriores.

El pago de vacaciones no disfrutadas

La Ley prohíbe el pago de vacaciones no disfrutadas, motivo por el cual el periodo de vacaciones debe ser disfrutado cada año por el trabajador. Sin embargo, existen dos excepciones en las que el pago es efectivo sin tomar los días de descanso: por jubilación y finalización de relación laboral. 

¿Cómo y cuándo se pagan las vacaciones no disfrutadas?

Existen algunas excepciones en las que sí se deben pagar las vacaciones, como por ejemplo cuando se culmina un contrato. La Ley señala que en estos casos el disfrute debe ser remunerado como si el empleado estuviese trabajando. 

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Cuando las vacaciones se otorgan por culminación de contrato la empresa debe pagar el salario completo y las comisiones ganadas durante ese año. Para hacer este cálculo de las vacaciones no disfrutadas hay que dividir los 30 días que te corresponden por Ley entre los 12 meses del año, el resultado será 2,5 días por mes.

Posteriormente, se suman todos los días de vacaciones y se multiplican por el salario diario del trabajador. El resultado será la cantidad de dinero que le corresponde recibir al empleado.

¿Cómo se pagan las vacaciones de los trabajadores a tiempo parcial?

Los trabajadores con régimen de jornada parcial gozan de los mismos derechos de quienes desempeñan labores a tiempo completo. Y es precisamente por ello, que las vacaciones se establecen a partir del primer año y no con base en la jornada de trabajo de cada persona.

Los trabajadores a tiempo parcial tienen la posibilidad de cobrar los días de vacaciones no disfrutados según el salario que les corresponda. Eso sí, siempre y cuando el sueldo sea menor al que cobran quienes trabajan a tiempo completo.  Es conveniente aclarar que los trabajadores que han trabajado sólo durante una parte del año (ya sea de jornada parcial o completa) disfrutarán únicamente las vacaciones que correspondan el periodo trabajado.

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