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LOS 9 DELITOS INFORMÁTICOS MÁS HABITUALES

9 delitos informáticos más habituales y de difícil resolución

Hoy en día, Internet es imprescindible para la vida del ser humano y para su expresión social.

Todo gira en torno a Internet. Negocios, información, comunicación y nuestra vida social.

Y claro está, Internet también ha atraído a los delincuentes. Desde sus inicios, Internet ha servido de vehículo para la comisión de diferentes tipos de delitos informáticos.

Además, y como sucede con cualquier avance, los delincuentes van por delante y hasta la fecha, estos delitos, siguen siendo difíciles de esclarecer.

Como dato curioso, los llamados ciberdelitos siguen aumentando año tras año.

En el año 2015 se cometieron 60154 delitos informáticos. En los años posteriores, este tipo de delitos, se ha disparado hasta casi doblar esa cifra en el año 2018 que se cometieron 116.013 delitos.

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En ciudades como Barcelona se han disparado en los últimos años. Nunca está de más tener a mano un buen Abogado Penalista para estos casos.

En muchos casos, los delincuentes cometen varios delitos a la vez. La red da pie a que, con pocas acciones se cometan varios actos delictivos.

Los delitos informáticos o ciberdelitos más frecuentes son:

LA ESTAFA

Es el delito informático más habitual cometido a través de Internet. Alrededor del 85 % de los ciberdelitos cometidos pertenecen a este tipo.

Gracias al uso de las redes sociales y a la facilidad de falsear datos, de recibir dinero a través de la red y de abrir y cerrar cuentas bancarias en cuestión de segundos, este tipo delictivo es fácil de cometer y difícil de esclarecer.

El código penal lo tipifica en sus artículos 248 y siguientes y está castigado hasta con 6 años de prisión, pudiendo ser de hasta 8 años si el valor de la defraudación es superior a 250.000 euros.

DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS.

Este tipo delictivo, dentro de los delitos informáticos, se comete al descubrir los secretos o violar la intimidad de otra persona, sin consentimiento de esta última.

Mediante Internet es extremadamente fácil para muchos ciberdelincuentes el apoderarse de datos (claves, nombres de usuario, etc…) incluso si se tiene buena seguridad informática.

Igualmente prolifera la revelación de secretos a nivel de redes sociales. En muchos casos ni siquiera quien comete la revelación de secretos se da cuenta de que está cometiendo un delito.

De la misma manera se comete este tipo delictivo relativo al mercado y los consumidores. Es decir, averiguando, revelando e incluso cediendo secretos de empresa que pueden llegar a alterar el mercado gravemente.

Abogados de Delitos Informáticos especializados en la materia siempre serán una buena opción, sobre todo para estos casos, tan determinantes para la vida diaria de cualquier persona.

Nuestro código penal tipifica estos delitos en los artículos 197 y siguientes, llegando a poder ser castigados hasta con 5 años de prisión.

Los relativos al mercado y consumidores los tipifica el código penal en los artículos 278 y siguientes.

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LOS DAÑOS

Este tipo de delitos informáticos se cometen produciendo daños informáticos en propiedad ajena.

Igualmente se pueden realizar a través de Internet al poder introducir programas malignos (virus, maleware o similares) en los equipos informáticos de otras personas o empresas.

Este tipo delictivo puede causar daños irreparables en los ordenadores ajenos. Se suelen cometer, en muchos casos, junto con el delito de descubrimiento y revelación de secretos.

El código penal lo tipifica en los artículos 264 y siguientes. Siendo su mayor pena 5 años de prisión.

FALSIFICACIÓN DOCUMENTAL

La falsedad documental también resulta frecuente para la comisión de delitos informáticos.
Este tipo de delitos a través de la red engloba tanto la falsificación de tarjetas bancarias hasta la obtención de datos informáticos y elementos de seguridad con el fin de cometer otros delitos.
Uno de los delitos informáticos más frecuentes y que más daño causan es el cometido mediante la utilización de un DNI ajeno.

Y no es que se falsifique literalmente, sino que el delincuente se apodera de los datos e incluso simplemente escanea el DNI de otra persona para poder cometer otros delitos.
Estos delitos se encuadran en los artículos 399bis y 400bis del código penal. En el caso de la falsificación de tarjetas bancarias está castigado con hasta 8 años de prisión.

DELITOS SEXUALES

Quizás sea el tipo delictivo que mayor alarma social crea.
Aquí se incluye desde la pornografía infantil hasta el acoso sexual a través de las redes sociales.
La policía cuenta con grupos especializados para la investigación de estos delitos, por lo que la interposición de denuncia es muy importante.
En este tipo de delitos, es frecuente que el autor cometa el delito en situación de superioridad respecto a la víctima o mediante diversas formas de coacción, intimidación o engaño.
Los delitos de acoso sexual a través de internet o de cualquier otra tecnología de la información los castiga el código penal con penas de hasta 3 años de prisión en su artículo 183 ter.

DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Y/O INTELECTUAL

Es el denominado “plagio”.

Estos delitos informáticos son muy comunes en Internet. El plagio ha pasado a formar parte de nuestra vida desde los inicios de la red.

Todos los días tenemos alguna noticia sobre plagios tanto a niveles industriales como culturales y para obtención de títulos universitarios.

El código penal define este delito para quienes “con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares”.

Son castigados estos delitos con penas de hasta 6 años de prisión en sus artículos 270 y siguientes y 273 y siguientes.

DELITOS CONTRA EL HONOR

Son los relativos a las injurias y a las calumnias.

Estos delitos son más que habituales a través de Internet. Producen confusión y se suelen mezclar con el derecho constitucional a la “libertad de expresión”.

Hay que tener claro en este contexto aquello que se suele decir: “el derecho de uno acaba cuando empieza el del otro”.

Es decir, el derecho a expresarse libremente acaba cuando empieza el derecho de otra persona a no ser injuriado o calumniado.

Estos delitos, están considerados delitos privados por nuestro código penal en sus artículos 205 y siguientes, 208 y siguientes y 211 y siguientes, y se pueden castigar con penas de multa de hasta 24 meses.

DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA

Este delito cometido informáticamente no se refiere tanto a la fabricación de las sustancias. Más bien es su distribución ilegal a través de Internet lo que hace que se cometa el delito.
El código penal no se refiere sólo a la distribución de drogas. En este tipo delictivo cabe cualquier distribución ilegal de medicamentos que se realice sin la autorización reglamentaria.
En estos casos son comunes los delitos informáticos relacionados con la distribución de medicamentos que producen el denominado “dopaje deportivo”.
Estos casos de “dobaje deportivo” están tipificados por el código penal en el artículo 361 bis y conllevan una pena de hasta dos años de prisión.

LAS AMENAZAS

El código penal castiga a quien amenace a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico.
Igualmente se comete el delito si se realizan las amenazas contra un colectivo o población.
Como se observa este tipo delictivo también se puede cometer fácilmente a través de la red.
El código penal castiga el delito de amenazas en los arts. 169 y siguientes con penas de hasta 5 años de prisión, en el caso de que el autor del delito haya hecho la amenaza exigiendo una cantidad económica y haya conseguido este propósito.


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1 comentario en “LOS 9 DELITOS INFORMÁTICOS MÁS HABITUALES”

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