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CÓMO TE PUEDE AYUDAR UN PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES

Para qué sirve un Procurador de los Tribunales y en qué te puede ayudar.

La mayoría de los procedimientos judiciales tienen trámites a realizar que legalmente el ciudadano no puede realizar porque se necesita un Procurador de los Tribunales para realizarlos.

De la misma manera un Abogado no se puede pasar la semana de juzgado en juzgado realizando diligencias de trámite, estaría perdiendo su maravilloso tiempo.

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¿Y PARA QUÉ SIRVE UN PROCURADOR?

El Procurador de los Tribunales va a realizar aquellos trámites que la legislación ha tenido en cuenta la ignorancia del ciudadano en el trámite de procesos judiciales, para no provocarle una indefensión.

Igualmente, como bien nos informa el Procurador Javier García Guillén, y aun cuando no se imponga legalmente, el Procurador es un profesional, licenciado en derecho, que conoce al dedillo los trámites procesales que debe realizar.

Cualquier caso judicial, suele ser bastante complejo. Y en muchos casos se delimitan por leyes que la mayoría de los ciudadanos desconocen.

Si el ciudadano fuera quien tuviese que realizarlos, seguramente se perdería en estos trámites burocráticos, causándole con casi total seguridad, el perder la contienda.

¿Te imaginas que quisieras hacer un puente sin saber nada de ingeniería ni arquitectura?

Pues en el derecho es igual, si no sabes de algo, déjaselo a los profesionales.

El Procurador de los Tribunales siempre va a velar por los intereses de su representado.

Además, podrá asesorar cuándo y cómo se deben presentar los escritos y solicitudes de manera más adecuada.

EL PROCURADOR Y EL ABOGADO DEBEN IR DE LA MANO

Pues sí, es importantísimo para un Abogado tener a buenos Procuradores a su lado.

El Abogado es aquel profesional que va a dirigir el procedimiento judicial entablado por su cliente. Es decir, es el entrenador, hablando en términos deportivos. Es  quien va a decidir la estrategia a tomar en defensa de los intereses de su cliente.

El Procuradores el profesional que va a estar en contacto directo con los juzgados. Es el representante procesal del cliente. Y como tal, es importante para un Abogado que el representante  de su cliente durante el proceso sea un gran profesional.

De nada le vale a un Abogado tener una buena estrategia en un caso concreto si al Procurador de los Tribunales se le pasa el plazo para presentar un escrito pidiendo pruebas específicas, por ejemplo.

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CUÁNDO DEBE LEGALMENTE REPRESENTAR UN PROCURADOR A UN CIUDADANO

Es necesario estar representado por un Procurador de los Tribunales, básicamente en casi todo proceso civil y penal.

VÍA CIVIL

La Ley de Enjuiciamiento Civil señala que no hará falta ser representado por un Procurador:

  • En los juicios verbales que por razón de la cuantía no excedan de 2.000 euros.
  • Para interponer la petición inicial de los procedimientos monitorios.
  • En los juicios universales, cuando la representación se limite para comparecer a la presentación de títulos de crédito o derechos, o para concurrir a Juntas.
  • En los incidentes de impugnación de resoluciones de asistencia jurídica gratuita.
  • Cuando se soliciten medidas urgentes antes de iniciar un proceso.

En los demás procesos será siempre obligatorio estar representado por Procurador.

VÍA PENAL

En la vía penal será necesario siempre que nos personemos como Acusación Particular en juicio y siempre que presentemos una querella.

Igualmente será necesario cuando seamos los acusados y haya que representarnos en los trámites del juicio oral. Vamos que sólo será necesario a partir de que se dicte la apertura del juicio oral.

ÁMBITO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

En el ámbito contencioso-administrativo será necesario el Procurador cuando el procedimiento se tramite ante un Tribunal (no un Juzgado).

También será necesario ser representado por un Procurador de los Tribunales cuando la cuantía del procedimiento supere los 30.000 euros.

JURISDICCIÓN SOCIAL

Cuando la ley obligue a tener un representante procesal podrá elegirse entre el Abogado, el Procurador o un Graduado Social.

En definitiva, no es necesario conferir la representación al Procurador, pero sí muy aconsejable.

CÓMO SE CONFIERE LA REPRESENTACIÓN AL PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES.

Pues en la actualidad hay dos vías, o incluso tres:

  • Mediante Poder ante Notario.
  • Mediante Poder apud acta, compareciendo ante el Letrado de la Administración de Justicia de cualquier oficina judicial.
  • Mediante por comparecencia electrónica en la sede judicial, más conocido como Apud Acta electrónico.

QUÉ TRÁMITES SON LOS QUE REALIZARÁ TU PROCURADOR

Los Procuradores realizan la mayoría de los trámites judiciales en nombre de su representado. De esta manera, un Procurador de los Tribunales realizará por ti:

  • Seguimiento del asunto y colaboración con los juzgados y tribunales para subsanar defectos y realizar las actuaciones necesarias para la buena marcha del proceso.
  • Debe transmitir al Abogado todos los documentos, antecedentes o instrucciones que se le remitan. Si las órdenes que dé al Procurador son insuficientes, este hará lo que profesionalmente requiera el asunto.
  • Deberá tenerte tanto a ti como a tu Abogado siempre al corriente del asunto. Debe daros traslado de copias de todas las resoluciones, escritos y documentos que le sean trasladados por el Juzgado o Tribunal o por los Procuradores de las demás partes.
  • A dar traslado de tus escritos a los Procuradores de las demás partes.
  • Si tu Abogado cesare en la dirección del asunto, tu Procurador debe recoger del abogado las copias de los escritos y documentos y demás antecedentes del asunto, para entregarlos al que se encargue de continuarlo o a ti mismo.
  • A comunicar inmediatamente al Juzgado o Tribunal la imposibilidad de cumplir alguna actuación.
  • A pagar todos los gastos que se causaren a su instancia. Se exceptúan los honorarios de los Abogados,  los de los peritos, la Consignación judicial de tasas judiciales y depósitos necesarios para presentar recursos, salvo cuando le hayas entregado provisión de fondos suficiente.
  • Deberá realizar los actos de comunicación y otros actos de cooperación con la Administración de Justicia que le solicites, o en interés de éste cuando así se acuerde en el procedimiento judicial.
  • Puede y debe acudir al Juzgado o Tribunal con regularidad, a las salas de notificaciones y servicios comunes, durante el período hábil de actuaciones.

CONCLUSIONES

Aunque a la mayoría de la ciudadanía le parezca que el Procurador ejerce una profesión obsoleta y que realmente cobra por hacer algo que podría hacer el mismo ciudadano, esto no es así.

Si no existiese la figura del Procurador la mayoría de los pleitos serían ganados por quien más y mejor pudiera pagar a profesionales que realmente supieran de derecho procesal.  ¡Ah, y esto sin necesidad, ni siquiera, de entrar al juicio!

Las personas de a pie, se verían en inferioridad. Realmente irías vendido a un juicio sin un buen representante procesal.

Recuerda que en cada sector hay que conocer bien el oficio y que todos no sabemos de todo y hay que dejar hacer a quién realmente sabe.

Las leyes procesales han regulado con acierto la figura del Procurador.

De esta manera se permite una igualdad de partes real en una contienda judicial, que de otra manera, no sucedería.


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