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CÓMO RECLAMAR UNA INDEMNIZACIÓN POR LESIONES SEGÚN SU CAUSA

Imagina que vas andando por la calle. Otra persona te agarra por la espalda y te pone una navaja en el cuello. Pretende robarle como habrás deducido. Le das tu dinero y el ladrón se va corriendo.

Al marcharse rápido el ladrón sin darse cuenta te corta con la navaja. Para curarte el corte te han tenido que dar 3 puntos de sutura. El ladrón fue detenido poco después.

¿Crees que te corresponde alguna indemnización por lesiones? Te adelanto que sí. Debes solicitar una indemnización por agresión física. Además la gravedad del delito aumenta porque te han tenido que dar 3 puntos para curarte.

¿Y si tengo lesiones por un accidente sin que la otra persona lo haya tenido intención de provocarlo? También tienes derecho a ser indemnizado.

Veamos cuando te corresponde una indemnización por lesiones y cuándo se considera que una lesión es causa de una imprudencia o de una agresión.

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INDEMNIZACIÓN POR LESIONES CAUSADAS POR UNA AGRESIÓN

El Código Penal español define el delito de lesión como el daño físico o psíquico infringido a otra persona por cualquier medio ya sea a sabiendas o por una imprudencia o negligencia.

Este daño puede acabar en una serie de lesiones físicas de diversa consideración: desde la mutilación de un miembro, pasando por un simple esguince cervical o incluso causar la muerte de la otra persona.

A la vista de la amplia variedad de tipos de lesiones que hay espero que más abajo descubras cómo puedes defender tus derechos. Sigue leyendo y a verás cómo puedes reclamar.

LESIONES LEVES

Vamos primero por las lesiones que causen menos daño, se denominan lesiones leves. El trámite judicial son los Juicios por Delitos Leves.

Este tipo de lesiones no requieren tratamiento médico o quirúrgico. Requerirán una sola asistencia médica.

Por ejemplo, un punto de sutura ya se considera tratamiento médico. Unos arañazos o un hematoma que requiera alguna prescripción médica o un seguimiento por el facultativo no será calificado como tal.

Hay que tener en cuenta que los delitos leves conllevan antecedentes penales. Esto no sucedía cuando se consideraban faltas. Así que mucho cuidado con lo que haces.

Si eres la víctima lo primero que debes hacer es denunciar porque si no se archivará el proceso. Tienes el plazo de un año para hacerlo desde que te lesionaron.

En este tipo de delito leve de lesiones el juzgado nunca actuará de oficio. Más que nada porque la propia ley se lo impide.

El castigo para el autor puede ir de uno a 3 meses de multa. Se calcula por cuota diaria. Y las indemnizaciones se calculan de manera orientativa aplicando el “baremo usado para las lesiones provocadas en accidentes de tráfico”. No tiene mucho sentido, pero es así. De hecho por eso digo que son orientativas dado que habrá que habrá que tener en cuenta más factores.

De todas formas aunque puede que saques una indemnización por lesiones decente tampoco esperes mucho. Estamos hablando de un delito leve que no provoca lesiones graves ni secuelas permanentes.

LESIONES GRAVES Y MENOS GRAVES

En este caso ya estamos hablando de delitos, que en muchos casos, se castigan con la pena de prisión.

Se diferencian entre delitos de lesiones graves y menos graves. Lo único que va a diferenciarlas es que en unas se impondrá una pena más grave que en las otras.

¿Qué se considera delito de lesiones? Pues lo que no sea una lesión leve. Así que será todo aquel daño que produzca un menoscabo en la integridad física o salud mental de la víctima.

Ejemplos claros son: Una deformidad, una pérdida de un miembro, impotencia, esterilidad, una grave enfermedad psíquica, etc.

En definitiva, suelen ser lesiones que causan una secuela permanente en la víctima y que son de difícil reparación.

Este tipo de lesiones pueden tener dos causas:

  • son causadas por una agresión física o psíquica.
  • su causa es una imprudencia o negligencia.

En este caso sí que el Juzgado actuará de oficio e iniciará la instrucción de la causa tras la investigación policial pertinente.

Aunque la Policía levante un atestado en el lugar de los hechos mi recomendación personal y profesional es denunciar.

  • En primer lugar, porque eres quien ha sufrido la agresión y así muestras un interés claro.
  • En segundo lugar, porque tu versión puede ser muy diferente a la de los agentes.

En principio no necesitas abogado para que te indemnicen, pero aconsejo que te asesores con un abogado especializado.

Si no vas a este proceso asistido por un Abogado dependerás exclusivamente de lo que opine el Ministerio Fiscal.  Me parece arriesgado que mis derechos dependan de una persona a la cual no he contratado. ¿Qué te parece a ti?

Además, de esta manera podrás cuidar de que el delito no prescriba y todo caiga en saco roto. La mayor parte de estos delitos de lesiones prescriben a los 5 años, así que la mera inactividad judicial podría suponer que no puedas reclamar nada.

Las penas que se pueden imponer al autor de la lesión pueden llegar a los 12 años de prisión dependiendo de la lesión causada.

EL MALTRATO DE OBRA

He querido dejar este tipo de delito leve de lesiones para el final de este apartado porque es muy desconocido. Creo que merece un punto a parte.

El Código Penal, en principio, castiga “la agresión sin lesión”. Vamos que si te han golpeado pero no te han causado ninguna lesión, el hecho puede ser castigado.

Imagina que en una pelea multitudinaria alguien te da un puñetazo que sólo te produce un enrojecimiento porque no te ha llegado a golpear bien. Este simple hecho se puede calificar como un “maltrato de obra” y será considerado un delito leve.

Así que debes ir al punto primero de este apartado para ver como reclamar.

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INDEMINIZACIÓN POR LESIONES CAUSADAS POR UNA IMPRUDENCIA

En este tipo de lesiones tenemos el inconveniente de que un ciudadano de a pie, como puedes ser tú, no entienda que haya daños físicos que no se consideren delito.

Bien, el abuso que se produjo con las denuncias por los accidentes de tráfico llevó al legislador a diferenciar lo que debe ser o no delito. Y para lo que no sea delito habrá que irse a la vía civil.

Para diferenciarlo el Juez va a tener en cuenta si la imprudencia ha sido grave o menos grave y qué tipo de daño ha producido.

Claro está que si se produce un daño grave o la muerte se iniciará un proceso por delito. Estos casos son muy poco frecuentes aunque salgan mucho más en los medios de comunicación.

Así que diferenciar si una imprudencia ha sido más o menos grave va a estar en manos del Juez que te toque. Por supuesto valorará los partes médicos y el informe del forense. Los valorará solo en caso de que tenga dudas para decidir si va a considerarlo delito o va a archivar el procedimiento. Eso sí, siempre dejará abierta la vía civil para que puedas reclamar una indemnización por lesiones.

A continuación vamos a ver dos tipos de imprudencia muy habituales y que merecen tratarlas por separado. Las negligencias médicas y los accidentes de tráfico.

LESIONES CAUSADAS POR UNA NEGLIGENCIA MÉDICA

En primer lugar y como adelanto te comentaré que obtener una indemnización por lesiones causadas por una negligencia médica es relativamente sencillo. Pero castigar al presunto autor es tremendamente difícil.

Así que antes de iniciar un procedimiento penal asesórate bien para ver si merece la pena perder el tiempo.

Ten en cuenta que si te arrepientes y te vas a la vía civil, este procedimiento quedará en suspenso mientras no acabe el proceso penal.

Aunque también puede resultarte beneficioso porque un procedimiento penal interrumpe los plazos de prescripción para interponer una demanda civil.

Lo mejor, acudir a un Abogado especializado que te aconseje según tu caso concreto y valorar. Además en estos procesos debes tener clara la diferencia entre Impericia, imprudencia, negligencia o error Médico.

Además, debes tener en cuenta que por muy injusto que te pueda parecer no siempre la imprudencia cometida por el sanitario va a conllevar una pena de inhabilitación o de prisión. Esto puede pasar en caso de muerte por una imprudencia menos grave o cuando el sanitario causa una lesión menos grave.

Por ponerte un ejemplo, una muerte causada porque el sanitario ha puesto un medicamento que provocó una reacción alérgica. Habrá que investigar para ver si el sanitario tenía conocimiento o no de esa alergia. Es probable que la imprudencia sea considerada menos grave. Incluso puede darse el caso de que el sanitario no tenga la culpa por falta de información.

Del mismo modo que en todas los anteriores puntos, el “baremo de tráfico sobre indemnizaciones” será el punto de apoyo para calcular indemnización por la lesión.

LESIONES PRODUCIDAS EN UN ACCIDENTE DE TRÁFICO

Y termino este artículo con el procedimiento estrella. Lo llamo así porque hay muchos y hace unos pocos años había muchísimos más.

Por suerte para todos, y esto es una opinión personal, en la actualidad la mayor parte de las lesiones causadas por accidente de tráfico acaban en una negociación donde todas las partes quedan satisfechas. No siendo necesario acudir a un juzgado para resolver las diferencias.

La inmensa mayoría de estas causas se verán en la vía civil. Solo se verán en la vía penal cuando causen una lesión grave. Ya hemos hablado anteriormente de ellas, pérdida de un miembro, impotencia, una grave deformidad, etc.

En la práctica lo más seguro es que te toque ir a la vía civil, que por otro lado puede resultar mucho más rápida.

Pero lo más seguro y si te asesoras bien, como te digo siempre “Abogado especializado”, no tendrás que llegar ni a demandar.

Debes tener en cuenta que las compañías de seguros siempre te van a ofrecer lo mínimo de indemnización. Raro será el caso en que te ofrezcan algo decente.

Si les reclamas por medio de un Abogado se lo tomarán algo más en serio y la cuantía subirá. Tampoco te enroques y pidas de más porque en un juicio nunca sabes lo que puede pasar.

Si aun así te inclinas por demandar, vas a necesitar Abogado y Procurador casi con total seguridad. También necesitarás un perito médico que valore tus lesiones. Sí, has leído bien, debes contratar tú un perito médico porque el juzgado no lo va a poner gratis.

De la misma manera la aseguradora te obligará a pasar por su perito médico. Es lógico, si no, en un juicio, estaría en inferioridad.

El desembolso inicial que debes hacer igual no te merece la pena a no ser que creas que se están riendo de ti. Pero este no suele ser el caso.

En la mayor parte de los casos es un tira y afloja entre lo que la aseguradora quiere pagar y lo que realmente te corresponde. Ahí es donde debe entrar tu abogado y conseguir el mejor acuerdo posible sin tener que llegar a un juicio que en la mayoría de los casos resulta innecesario.

CONCLUSIONES

Espero que el artículo te haya resultado práctico. Creo que ahora diferencias bien cada caso. Sobre todo si te estás informando porque has sufrido algún tipo de lesión.

Como ves este tipo de indemnización por lesiones no son difíciles de obtener porque suelen ser causas muy claras. Lo complicado es saber si te están indemnizando por lo que corresponde.

De ahí que la figura del Abogado especializado en cada caso concreto crea que es imprescindible.

Y recuerda, un juicio no siempre es garantía de victoria. Un juicio solo garantiza que se tomará la decisión más justa con base en las pruebas que presenten ambas partes.

Te lo voy a resumir en una frase que escuché el otro día y que me ha impactado gratamente:

El lobo siempre será el malo si solo escuchamos a Caperucita


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