Asistencia letrada y representación procesal
EL ABOGADO Su actividad propia es el asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos o privados de sus defendidos ante los Juzgados y Tribunales, tanto de orden civil, como penal, laboral, contencioso-administrativo, eclesiástico y jurisdicción militar, etc…
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Todo ello basándonos en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en los reglamentos y demás normas aplicables, tanto a nivel nacional como de la Unión Europea.
Por supuesto el artículo está muy resumido, pues podríamos dedicarle muchas letras a la labor de ambos profesionales si profundizásemos en cada una de ellas. Sólo decirles la asistencia Letrada y la representación por medio de Procurador es fundamental a la hora de intentar obtener la tutela jurídica que reclamamos, además en la mayor parte de los casos es obligatoria, y si Ud. es un ciudadano que no es especialista en derecho, debería dejar trabajar a estos profesionales sin temor, dado que ellos serán quienes luchen por sus intereses y apliquen su conocimiento y experiencia para que Ud. obtenga la tutela judicial que pretende.
La labor del cliente siempre es la de dejarse aconsejar y sino está de acuerdo con lo que su Letrado o Procurador le aconseja puede buscar otro, pero el cliente nunca debe intentar que el Letrado o el Procurador realicen lo que este desea y de la forma que él desea. Seguramente de esta manera, el caso se irá al traste, y además, ambos profesionales no ejecutarán su tarea de la forma más profesional posible.
Esperamos les resulte interesante el artículo