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ADMINISTRADOR DE FINCAS.
Hay gente que me pregunta por esta temática y, la verdad, no se muy bien que responderles.
Para poder daros una mejor información me he puesto en contacto con una Administrador de Fincas Almeria. Con esta información he podido desarrollar con una mayor facilidad este artículo.
En sí, más o menos sabría decir cuáles son las funciones más básicas del Administrador de Fincas, pero… ¿y cuándo tenemos una casa y no vivimos en ella? Una casa en la playa, por ejemplo.
Deberíamos estar más enterados de las funciones que realiza el administrador que lleva la Comunidad o finca donde tenemos nuestra casa, sobre todo para saber cómo, cuándo y para qué debe comunicarse con nosotros.
TAREAS DEL ADMINISTRADOR DE FINCAS SEÑALADAS EN LA LEY.
Según el art. 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, corresponde al Administrador:
- Velar por el buen régimen de la finca/as, por el buen funcionamiento de sus instalaciones y servicios. Para ello deberá realizar las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares de la finca/as.
- Elaborar un plan de previsión de gastos con suficiente antelación. Deberá realizar las propuestas de medios necesarios para hacer frente a estos gastos.
- Labores de conservación y entretenimiento de la finca/as. Dispondrá de las reparaciones y medidas urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente de la Comunidad de Propietarios o, en su caso, a los propietarios.
- Ejecutará los acuerdos adoptados en Junta para la realización de obras y efectuará los pagos y cobros procedentes.
- Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la Comunidad de Propietarios.
- Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta de Propietarios.
EL DÍA A DÍA DEL ADMINISTRADOR DE FINCAS.
Así pues, el Administrador de Fincas realmente en su día a día va a realizar una serie de tareas concretas.
Todas las tareas que vamos a ver a continuación, se realizarán según las particulares características de cada Comunidad de Propietarios.
Estas tareas las podemos resumir en:
- La contabilización de los gastos generados, así como el pago de las facturas.
- El control del abono de las cuotas de la Comunidad de Propietarios por parte de los titulares de las fincas que formen dicha Comunidad.
- Negociar con los proveedores de la Comunidad en las mejores condiciones posibles y acordar los términos de pago a dichos proveedores.
- Realizar el control de la morosidad derivada del impago de las cuotas que deben abonar los propietarios a la Comunidad de Vecinos. Igualmente señalarán a la Junta de Propietarios las posibles acciones a realizar en caso de morosidad.
- Gestionar los avisos, partes, incidencias y siniestros que puedan producirse en la Comunidad. Gestionará igualmente los diferentes partes con los seguros contratados por la Comunidad así como con cualquier otro proveedor.
- Elaboración del presupuesto anual adjuntando un Plan de Ingresos y Gastos de la Comunidad de Propietarios.
- Elaborará también informes periódicos de los ingresos y gastos generados por la Comunidad de Propietarios.
- De igual manera, propondrá medidas e inversiones que supongan mejoras y ahorro a la Comunidad de Propietarios. Asesorará a los propietarios en este ámbito con el fin de facilitar la realización de presupuestos para obras y reformas a realizar.
- Velará por el cumplimiento de la Ley de Propiedad Horizontal así como de la legislación urbanística y arquitectónica según donde esté sita la finca. Asesorará a los propietarios sobre las diferentes legislaciones de obligado cumplimiento.
- Realizará las Juntas de Propietarios tanto Ordinarias y Extraordinarias, elaborando para ello la correspondiente Convocatoria, así como posteriormente las Actas que correspondan a estas Juntas.
- Llevará el libro de Actas donde se inscribirán las Actas correspondientes a las Juntas de Propietarios.
- Mediará, según la legislación vigente, en los conflictos entre propietarios y los que puedan surgir entre vecinos y la Comunidad de Propietarios.
- Archivará y custodiará la documentación de la Comunidad durante un periodo mínimo de 5 años naturales.
- Deberá realizar los cambios en los documentos y estatutos de la Comunidad de Propietarios que se acuerden en Junta.