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ABOGADO ALCOHOLEMIA PALMA DE MALLORCA.

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Solo tenemos que acercarnos un poco a la estadística judicial y administrativa para darnos cuenta del aumento de los delitos contra la seguridad vial en Mallorca.

Concrétamente la cantidad de positivos en controles de alcoholemia subió un 2% en 2017 situándose en un 7%.

La cantidad de condenados por estas causas se situó en 2.588 sobre todas las 86.200 condenas que se registraron en las Islas Baleares por cualquier delito (Fuente: Registro de Penados y Rebeldes Civiles).

Probablemente más del 80% de estas condenas fueran por un delito producido por una alcoholemia.

Vistos estos porcentajes no es de extrañar la importancia que tiene tener buenos abogados especialistas en delitos de alcoholemia en Mallorca.

EL DELITO POR ALCOHOLEMIA. UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL.

Palma de Mallorca, al igual que el resto de las Islas Baleares vive principalmente del sector turístico.

Esto hace que el relax y el consumo alcohol aumenten, sobre todo en épocas de máxima afluencia de turistas.

Por tanto, los controles policiales aumentan y el riesgo de dar positivo en un control si hemos ingerido alcohol aumentará.

Un buen abogado alcoholemia Mallorca minimizaría el coste de estas infracciones a cualquier ciudadano, incluso podría evitar tanto la sanción como una posible condena.

Dentro de los delitos producidos por la alcoholemia debemos diferenciar dos tipos de delitos.

EL DELITO SE PRODUCE EN UN CONTROL POLICIAL:

Cuando el alcoholimetro marca más de 0,60 mg/l de aire espirado o una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gr/l, estamos cometiendo un delito contra la seguridad vial.

Vamos a ser citados a un juicio rápido. Este tipo de juicio con mucha probabilidad acabará en sentencia condenatoria.

Mucho cuidado con negarse a realizar el control de alcoholemia o la prueba en sangre porque el delito cometido conlleva penas mayores (art. 383 Código Penal).

ACCIDENTE DE TRÁFICO Y ALCOHOLEMIA:

Lo peor que nos puede pasar (siempre es mejor no beber y así no nos pasará) es que tengamos un accidente con el vehículo y además demos positivo ingestión de alcohol. Estar seguros que, además del riesgo para nuestra salud por el accidente, judicialmente no vamos a hacer un buen negocio.

Primero, al provocar daños y lesiones, da igual el resultado del control de alcoholemia o del análisis. Si infringimos el mínimo legal que marca la Administración (0,25 mg/l aire espirado) vamos a tener que comparecer en el juzgado.

Si los daños o lesiones son grandes, en principio el juzgado no lo tramitará como juicio rápido, quedándose en Diligencias Previas por delito. Esto conlleva que si reconociéramos los hechos (algo que se da en el 90% de estos delitos), de momento, no vamos a tener la reducción de un tercio de la condena.

Igualmente, si en un futuro saliéramos condenados, tendríamos que abonar los costes abonados por nuestro seguro. Amén de los daños corporales que produzcamos y demás daños de los que nuestro seguro no se hubiese hecho cargo.

CONFORMIDAD O NO CONFORMIDAD.

Pues bien, aquí llegamos al punto clave. Para ello nada más aconsejable tanto si somos turistas o residentes es buscar un buen abogado alcoholemia Palma de Mallorca, al igual que si estamos en otras islas.

A partir de ver cuál es el delito que podemos haber cometido, vamos a pasar a analizar lo que ocurre dentro del juzgado.

Es imprescindible la presencia de un buen abogado que analice el atestado policial.

En muchos casos se pasan por alto diligencias que la policía no ha realizado y que son imprescindibles para presentar el atestado como prueba en el juicio. Porque el atestado es la prueba por la cual nos pueden condenar.

En todo caso nos va a tomar declaración como investigado, no sin antes leernos los derechos.

Si hubiese daños, también se tomará declaración a los perjudicados. Igualmente se valorarán los daños y si fueran lesiones se esperará al informe forense para tomar una decisión sobre el procedimiento a seguir. Asimismo, se citará para el juicio, a los responsables civiles, tanto directos como subsidiarios.

El responsable civil directo será la compañía aseguradora y el responsable civil subsidiario el dueño del vehículo infractor. Este último también puede ser a la vez perjudicado por los daños producidos en su vehículo.

A partir de aquí el trámite es muy simple:

  • Si reconocemos los hechos. El juicio se celebra en el mismo Juzgado de Guardia.
    • La pena a la que se condene al acusado se reducirá un tercio. Pero sólo la pena no la indemnización, esta hay que abonarla al completo.
  • Si no reconocemos los hechos. Nos citarán a juicio en un Juzgado de lo Penal. Si la sentencia fuese condenatoria, ya no tendríamos posibilidad de reducción de un tercio y deberemos cumplir la pena al completo.

RECOMENDACIONES.

En la mayoría de los casos, quienes cometen estos delitos por alcoholemia no son conscientes de la gravedad y de lo que puede llegar a afectar a sus vidas. Recordemos que estos delitos, crean antecedentes penales.

Los antecedentes se tarda mucho en ser cancelados. Mientras cumplimos condena y solicitamos la cancelación, mínimo van a pasar unos 3 años aproximadamente. Eso en el mejor de los casos.

La multa a la que nos pueden condenar, siempre es más baja que la administrativa. Pero las consecuencias de que se nos condene judicialmente son muchísimo más graves.

Si además producimos daños elevados o tenemos antecedentes penales por las mismas causas, se nos puede condenar a penas mucho mayores. La petición de prisión está mucho más a la orden del día de lo que parece.

Un buen abogado que nos defienda siempre será un buen negocio en este tipo de delitos de tan rápida tramitación. Sin un buen abogado, es muy probable que no nos enteremos casi de lo que está pasando y que, además nos vayamos condenados.