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7 PUNTOS QUE NUNCA DEBES PASAR POR ALTO EN TU CONVENIO REGULADOR

¿Qué debes saber antes de firmar tu convenio regulador?

Ante una ruptura de pareja parece que se para el tiempo y que no hay otra cosa en qué pensar.

No solo duele separarte de la persona a la que has amado sino que también crea una problemática la separación definitiva de los bienes o las relaciones que tendréis con vuestros hijos en caso de tenerlos.

En todo caso y como bien nos señalan los Abogados de Familia lo más importante aunque no lo parezca es que firméis un pepelito donde se regulen vuestras nuevas relaciones como expareja, el denominado Convenio Regulador.

¿Cuándo solicitar un cambio en las medidas acordadas en el Convenio Regulador?

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QUÉ ES UN CONVENIO REGULADOR

El convenio regulador es el documento que marcará las relaciones tras la ruptura de una pareja o del matrimonio.

Es el documento esencial de cualquier separación. Regirá los pactos a los que lleguéis de común acuerdo en vuestra separación o divorcio (ya seáis matrimonio o pareja).

Así el convenio regulador, como su propio nombre indica, va a regular según lo convenido las particiones de los bienes y las relaciones que como exmiembros de una pareja vais a tener que seguir teniendo: adjudicación de los bienes que tuvieseis en común, la custodia y relaciones con los hijos (en caso de haberlos), posibles pensiones de alimentos o compensatorias y cómo liquidar el régimen económico matrimonial si estabais casados.

En general este convenio regulará las relaciones que deberéis seguir teniendo, o en su caso, el reparto de los bienes que teníais en común.

Por ejemplo no será lo mismo firmar un Convenio Regulador sin hijos que con hijos, un Convenio Regulador de custodia compartida que de guarda y custodia y por supuesto podrá modificarse en el futuro.

CUÁNDO ES NECESARIO REALIZAR UN CONVENIO REGULADOR

Como ya hemos visto es necesario, y repito, necesario realizar un convenio regulador en cuanto se rompe la pareja y cada miembro de la pareja empieza a realizar vida independiente del otro miembro.

Me podrías decir, “si nos llevamos bien solo que ya el matrimonio no funciona” ¿por qué es tan importante un papelito?

Como bien nos indican desde el Despacho de Jáuregui Abogados, porque evita futuras discrepancias y aunque no lo veas necesario las habrá y no podrás resolverlas tan fácilmente.

Esto es como no hacer un testamento, para qué, pues para que todo sea más llevadero.

El convenio regulador no está ahí para encorsetar las relaciones entre dos personas que se separan está para facilitar esas relaciones futuras que seguiréis teniendo en muchos casos.

¿Te imaginas una vida en sociedad sin leyes ni normas? Podrías hacer lo que te diese la gana, ¿verdad? Pues esto es igual.

Todo va bien hasta que uno considera que el otro se está aprovechando de alguna situación. Ahí empiezan los problemas. Y de verdad que es más difícil resolverlos cuando dos personas empiezan a llevarse mal que cuando están dispuestas a ceder cada uno un poco.

Piénsalo bien, si todo fuera sobre ruedas no te separarías. Realiza un convenio regulador, de verdad, todo será más sencillo en el futuro.

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QUÉ TENER EN CUENTA A LA HORA DE REDACTAR EL CONVENIO REGULADOR

Debes tener varios puntos en cuenta y en todo caso casi mejor contratar algunos de los excelentes Abogados para Divorcios que existen en este país. Algunos de estos puntos son esenciales y otros no lo parecen tanto, pero lo serán en el futuro como no las tengáis bien redactadas.

  • No es lo mismo para las relaciones futuras una custodia compartida que la custodia de los hijos asignada a uno de los progenitores y el establecimiento de un régimen de visitas (régimen de guarda y custodia).
  • No es lo igual el llevar a los hijos a un Colegio que a otro o cambiarles sin consentimiento.
  • Es muy importante establecer bien las diferentes pensiones y pagos que puedan o deban realizarse porque en un futuro alguien podría salir muy perjudicado.

En fin, que hay que mirar bien todas las cuestiones que se negocien en el Convenio Regulador porque va a marcar tu futuro, no lo olvides.

Y sobre todo no es lo mismo una separación o divorcio de mutuo acuerdo que una separación o divorcio contencioso. Lo segundo, aparte de ser más costoso se alargará en el tiempo y psicológicamente será perjudicial para todos los implicados.

Veamos entonces cuáles son los puntos a tener en cuenta cuando nos presentan o tenemos que redactar un Convenio Regulador.

IDENTIFICACIÓN EXACTA DE LOS FIRMANTES Y EXPOSICIÓN CLARA DE LO QUE SE PRETENDE

Lo primero es lo primero. Vamos a ver, si no somos capaces de poner bien nuestro nombre, apellidos, DNI o NIE y nuestro domicilio mal vamos.

Los datos que nos identifican tienen que estar bien y ser correctos.

El domicilio tiene que ser el nuestro y no el de un amigo o el de tus padres o vete tú a saber de quien. Es muy importante porque sirve posteriormente tanto para notificarte alguna resolución judicial o para el caso de que tu expareja interponga una demanda para modificar el convenio regulador y el juzgado tenga que localizarte para que puedas personarte en el procedimiento.

Así que no pongas el primer domicilio que te venga a la cabeza y, para el caso de que cambies de domicilio, comunícaselo a la otra parte de forma escrita para que no haya dudas.

La exposición de hechos es importante también. Aquí vais a redactar de manera esquemática porqué se establece el Convenio Regulador.

En esta exposición ambos cónyuges vais a declarar:

  • Dónde contrajisteis matrimonio, si el convenio se realiza por una separación o divorcio.
  • Los hijos en común que han nacido y están vivos, sus nombres y apellidos y sus edades.
  • El régimen económico matrimonial que rige la unión, para el caso de pretender la separación o el divorcio.

Finalmente se redactará una coletilla con la pretensión y la propuesta del Convenio Regulador.

ATRIBUCIÓN DE LA VIVIENDA Y EL AJUAR FAMILIAR

Segundo punto a considerar y de suma importancia, ¿a quién se adjudica la vivienda familiar?

Pues depende y sobre todo depende del tipo de custodia pactada.

No será igual una custodia compartida donde son los hijos los que se quedan siempre en la misma casa y los padres los que viven con ellos un mes cada uno (por ejemplo) que atribuir la guardia y custodia de los hijos a la madre o al padre y establecer un régimen de visitas para el progenitor que no viva con ellos.

Así que la adjudicación de la vivienda familiar se deberá realizar siempre que no se pacte una custodia compartida.

Esta adjudicación no significa que la casa pase a ser propiedad de una de las partes, solo significa que tiene el derecho a vivir allí con sus hijos hasta que estos puedan vivir de manera independiente.

En este punto muchas veces existe el problema del pago de la hipoteca de la vivienda porque la vivienda suele ser propiedad de ambas partes. Y estos pactos son difíciles de negociar.

Solo hay que echar cuentas, si una parte tiene que salir de la casa, alquilar una vivienda (o comprarla pero no es lo habitual), pasar una pensión de alimentos y pagar la mitad de la hipoteca… ya puede tener un buen sueldo quien deba abonar todos estos conceptos.

El ajuar y el mobiliario familiar se suele atribuir a los hijos en cuanto a su uso y al progenitor que tenga adjudicada la guardia y custodia de los hijos.

Puede negociarse también, claro, porque puede que haya cosas que el progenitor no custodio quiera tener en propiedad por no ser necesarias para el uso diario de sus hijos.

TIPO DE CUSTODIA DE LOS HIJOS Y RÉGIMEN DE VISITAS

La denominación técnica de este punto a tratar es “guardia y custodia de los hijos”. Lo expreso técnicamente porque así seguro que cuando leas tu Convenio Regulador sabrás a qué se está refiriendo.

En este punto se establece el régimen de visitas con y sin pernocta de los hijos, los días que le corresponde a cada progenitor pasar con sus hijos durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano y demás vacaciones escolares que pudieran establecerse.

Igualmente debe establecerse el régimen de visitas para los cumpleaños de los progenitores y para el día del padre y de la madre, sobre todo por el progenitor no custodio.

Y también se debe tener en cuenta, que muchas veces no se hace, la enfermedad de los hijos y la posibilidad de que el progenitor que no viva con ellos pueda visitarlos.

Dentro de este punto como puedes ver hay otros puntos a tratar y a negociar, aunque la experiencia ha hecho que haya unos estándares que se sabe que funcionan y muchas veces es mejor no alterarlos. Así que déjate guiar.

Por supuesto que si la custodia es compartida este punto es mucho más sencillo porque si los hijos están.

Es muy recomendable el poder dejarse guiar por un Abogado para Custodia Compartida porque este tipo de custodia aunque está muy bien considerada socialmente puede llegar a ser complicada sino se tiene experiencia.

Pero, en cuanto al régimen de visitas cuando cada progenitor está con los hijos un mes (como ejemplo) hay pocos puntos que regular, quizá las vacaciones de Navidad y poco más.

PENSIÓN DE ALIMENTOS

Es uno de los puntos más complicados a la hora de negociar un Convenio Regulador.

Y es complicado porque los progenitores se piensan uno que le da el dinero al otro y el otro progenitor que ese dinero es para poder vivir.

Esto no es así. La pensión de alimentos no es para alimentar al otro progenitor es para alimentar a sus hijos, para poder comprarles ropa, para pagar su alimentación, etc… y cada progenitor debe poner la mitad.

De la misma manera hay que reflejar en este punto los gastos extraordinarios que se produzcan. Estos gastos son los que no corresponden a lo abonado por la pensión de alimentos.

Los gastos extraordinarios son aquellos tales como los gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social, actividades extraescolares, cursos de idiomas, viajes de estudios, etc.

Y debo dejar bien claro esto porque a veces parece que cualquier cosa es un gasto extraordinario. Este tipo de gastos son siempre referidos a los hijos, cambiar medio salón no es un gasto extraordinario porque no es necesario para la subsistencia de los hijos.

PENSIÓN COMPENSATORIA

La pensión compensatoria es un tipo de pensión que a día de hoy ni se concede ni se acuerda por los progenitores.

Esta pensión se establecía normalmente a favor de la mujer dado que no trabajaba fuera de casa y su trabajo era el del cuidado de los hijos y el mantenimiento de la casa, ajuar y mobiliario familiar.

De esta manera cuando se produce una separación, la mujer se encuentra en una situación de desamparo ya que no puede obtener ingresos de ningún otro modo, al menos al principio. Además sus posibilidades de encontrar trabajo en muchos casos eran prácticamente nulas, por la edad, la falta de experiencia, etc.

Como ya te he comentando antes, esta pensión ya casi no se establece porque las situaciones familiares ahora son distintas a las de hace años. Ahora la mujer suele trabajar y tener un nivel de estudios suficiente para encontrar trabajo.

Aun así se siguen dando y no está de más añadirlo en este post.

Igualmente y a raíz de la legalización del matrimonio entre homosexuales estos tienen los mismos derechos que el resto de familias a la hora de separarse o divorciarse.

Así que todo lo explicado sirve para todos, por ello al redactar estos puntos uso normalmente la palabra progenitor en vez de madre y padre.

LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO DEL MATRIMONIO

Este punto no es el más importante y por eso está casi al final.

La liquidación del régimen económico matrimonial se debe realizar judicialmente y aunque se negocie aquí lo que se establezca en el convenio se puede cambiar posteriormente en el procedimiento judicial.

Así que aquí lo mejor es establecer qué régimen tenía el matrimonio y que se repartirán los bienes según se acuerde en el procedimiento judicial que corresponda.

CÓMO SE LEGALIZA EL CONVENIO REGULADOR

En este momento existen varias formas de legalizar el Convenio Regulador. En cualquier caso tendrá que ser firmado por los dos miembros de la pareja que decide separarse.

Pero la forma de separación o divorcio gira entorno a si tenéis hijos por medio o no.

Si no tenéis hijos podréis optar por:

  • Separación o divorcio de mutuo acuerdo ante un Notario o en sede judicial.
  • Separación o divorcio contencioso en un proceso judicial sino llegáis a un acuerdo.

Si tenéis hijos elimina la opción del Notario ya que no podréis optar por ella.

Lo aconsejable siempre es el mutuo acuerdo. Siempre será mucho más rápido, evitará enfrentamientos y será menos dramático para vuestros hijos.

Además el mutuo acuerdo es mucho menos costoso dado que sólo se utiliza un Abogado y un Procurador para ambos miembros de la pareja. Y no pagaréis costas judiciales.

Si ves que tu separación o divorcio se va a tornar contencioso lo mejor es ir a  un mediador antes de entablar una contienda judicial que te costará mucho tiempo y dinero. Pero claro al mediador tienen que ir ambas partes.

QUÉ MÁS HAY QUE TENER EN CUENTA

Lo que más se debe tener en cuenta a la hora de separarse, y no lo digo por experiencia propia, sino por lo que veo cada día en un juzgado es:

Primero, las relaciones se acaban y se acaban, fin. La vida tiene que seguir independientemente de la otra persona aunque tengas que mantener algún tipo de relación. Estar metiendo el dedo en el ojo continuamente por sentirse engañado o engañada solo acarrea problemas y dramas.

Segundo, las separaciones y divorcios deberían ser siempre rápidos. Cuanto menos pienses mejor, se trata de comenzar una vida nueva y diferente a la que has llevado hasta ahora con la persona de la que te separas. Negocia rápido y hacerlo cuanto antes. Cuanto más tiempo se pierda más posibilidades de tener una mala separación o divorcio tenéis. No merece la pena discutir durante años algo que se puede resolver en un mes.

Tercero y más importante, si tienes hijos menores que no te quepa duda que la separación de sus padres es un drama para ellos. Acuérdate cuando eras pequeño/a, ¿qué preferías tener a tus padres juntos contigo o separados? Bien, pues hacerles el trago más digerible porque una pareja con hijos separada hace más llevadero el trance si se llevan bien que si se tiran los trastos a la cabeza cada vez que hablan.

Como dice el autor indio Faraaz Kazi:

No importa lo fuerte que se haya roto tu corazón, el mundo no se detiene por tu aflicción

Así que sigue adelante con tu vida y deja las de los demás estar.

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